Como mínimo, homicidio
La juez que instruye el caso de la muerte de un hombre al ser tiroteado por policías de Getafe aprecia indicios de delito en la actuación de los agentes
Los tres agentes de la Policía Municipal de Getafe que dispararon mortalmente contra el supuesto ladrón David Prieto Fandiño el 21 de noviembre de 2011 pueden ser autores de un delito de homicidio y otro de lesiones. Así lo ha apreciado la titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, María Almudena Álvarez Tejero, que ha convertido las diligencias previas en un sumario. Esto supone que los acusados podrían haber cometido una infracción penal castigada con más de nueve años de prisión. El caso encara ya su recta final, dado que solo queda la conclusión del procedimiento y que califiquen las diferentes partes personadas.
Los hechos se produjeron a las 11.15 del 21 de noviembre, cuando un policía municipal fuera de servicio vio lo que supuestamente era un secuestro en el barrio getafense de La Alhóndiga. David Fandiño y su presunto compinche Roberto García Castillo iban en un Citroën C-3 blanco. El agente llamó a su central operativa e informó de lo que estaba ocurriendo. Se inició entonces una persecución de 14 kilómetros por la autovía de Toledo (A-42) hasta terminar en la calle de Vara del Rey, en el distrito madrileño de Arganzuela. Allí, tres policías abrieron fuego contra el coche de los fugados. Fandiño recibió un disparo en la cabeza y murió al día siguiente en el hospital 12 de Octubre. Su posible compinche también resultó herido muy grave.
Lo que ha resultado revelador en estos dos años de instrucción han sido las imágenes de vídeo vigilancia captadas por una comunidad de vecinos situada en la perpendicular calle de Canarias. En una secuencia del mismo se aprecia en la parte superior de la pantalla como pasa a gran velocidad el C-3 de los supuestos ladrones. Instantes después le siguen tres coches patrulla de la Policía Local de Getafe que llevan los lanzadestellos encendidos. Se encuentran a muy poca distancia del mismo.
Finalmente lo logran cerrar en la confluencia con Vara del Rey, lo que produjo daños en un lateral de un coche patrulla. Los otros dos paran justo detrás del perseguido y se bajan los agentes que van dentro. El conductor del Citroën —después se supo que era Roberto García Castillo— logra dar marcha atrás de tal manera que se escabulle del cierre que le habían hecho. Los policías intentan detenerlo. Para ello salen corriendo calle abajo, mientras sacan sus pistolas reglamentarias y comienzan a efectuar disparos a discreción. En el lugar de los hechos se recogieron 13 casquillos percutidos.
Los fotogramas siguientes recogen cómo llegan más coches policiales, en este caso camuflados, mientras los agentes uniformados salen corriendo calle abajo hacia el Citroën C-3.
La juez María Almudena Álvarez ha firmado un auto en el que dispone que lo actuado hasta la fecha se convierta en sumario: “Desprendiéndose de lo actuado que pudieran ser constitutivos de un delito de homicidio y otro de lesiones imputados a los policías municipales de Getafe con carnés profesionales 698, 717 y 684”. A ello se uniría la posible comisión de un delito de atentado a agente de la autoridad imputable al conductor del vehículo, Roberto García Castillo. Otra novedad de esta decisión es que el caso será juzgado por un tribunal formado por tres magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid.
El abogado de los tres policías municipales recurrió esta decisión judicial ante la propia juez. En su escrito alegó que de la instrucción del caso no se puede deducir que los agentes hayan incurrido en “ilícito penal alguno”, por lo que pedía el archivo definitivo de las actuaciones. Mantuvo que no había ni dolo ni imprudencia. También hacía referencia a que existían circunstancias eximentes “inequívocas”, como la legítima defensa y el medio insuperable. Llega a decir en su escrito que la intención del conductor era arrollarle con el vehículo.
La circunstancia de que la mayoría de los disparos se realizaran por la parte posterior del vehículo hace difícil de mantener esta versión. A ello también se une que ninguna de las víctimas fuera armada, ni siquiera con un cuchillo o un puñal. Se descarta la proporcionalidad, sobre todo, por el alto número de disparos que efectuaron.
Como mal menor, el letrado de los agentes habla de la posibilidad de la comisión de un delito de homicidio y otro de lesiones pero imprudentes, ya que no había intención de matar a nadie: “Jamás fue intencionado y solo sería imputable, si no se decreta el sobreseimiento [el archivo], a título de imprudencia”. Esta reducción supondría la rebaja a una pena de uno a cuatro de prisión en el caso del homicidio imprudente y de seis meses a dos años para las lesiones.
El abogado, en el penúltimo párrafo del escrito, mantiene que tampoco resulta lógico imputar el homicidio a los tres agentes cuando la muerte se produjo por una única bala que alcanzó a David Prieto Fandiño en la cabeza. Los agentes de la Comisaría General de Policía Científica determinaron hace un año qué funcionario efectuó el mortal disparo. Consideran “altamente probable” que el proyectil saliera de la pistola que llevaba A. M. G. M., de 33 años. Era el que portaba el arma Heckler and Kock (H&K) con número de serie 24-097641. El policía efectuó cinco disparos, según el número de casquillos recogidos en la escena del crimen.
A eso se une que el caso lo llevaría un magistrado de los Juzgados de lo Penal. María Almudena Álvarez desestimó la petición del abogado defensor y mantuvo la transformación en sumario. Ahora se está pendiente de que las diferentes partes hagan sus respectivas calificaciones y soliciten la apertura de juicio oral.
Estos trámites pueden llevar varias semanas ya que cada parte tiene que motivar la petición tras ver las efectuadas por el fiscal, la acusación particular y, por último, las defensas.
“Solo espero que esto termine cuanto antes y se demuestre que mi hijo ha sido una víctima. Cada día me acuerdo más de él y lo estoy pasando peor”, ha explicado a este periódico María José Fandiño, la madre de David Prieto. “Sé que el momento del juicio va a ser muy duro, pero tengo ya muchas ganas de que se haga justicia y que los culpables de lo que ocurrió paguen por todo el daño que hicieron a mi hijo, que lo pagó con la vida. No hay ningún derecho a hacer lo que hicieron”, añadió.
Los hechos se produjeron a las 11.15 del 21 de noviembre, cuando un policía municipal fuera de servicio vio lo que supuestamente era un secuestro en el barrio getafense de La Alhóndiga. David Fandiño y su presunto compinche Roberto García Castillo iban en un Citroën C-3 blanco. El agente llamó a su central operativa e informó de lo que estaba ocurriendo. Se inició entonces una persecución de 14 kilómetros por la autovía de Toledo (A-42) hasta terminar en la calle de Vara del Rey, en el distrito madrileño de Arganzuela. Allí, tres policías abrieron fuego contra el coche de los fugados. Fandiño recibió un disparo en la cabeza y murió al día siguiente en el hospital 12 de Octubre. Su posible compinche también resultó herido muy grave.
Lo que ha resultado revelador en estos dos años de instrucción han sido las imágenes de vídeo vigilancia captadas por una comunidad de vecinos situada en la perpendicular calle de Canarias. En una secuencia del mismo se aprecia en la parte superior de la pantalla como pasa a gran velocidad el C-3 de los supuestos ladrones. Instantes después le siguen tres coches patrulla de la Policía Local de Getafe que llevan los lanzadestellos encendidos. Se encuentran a muy poca distancia del mismo.
Finalmente lo logran cerrar en la confluencia con Vara del Rey, lo que produjo daños en un lateral de un coche patrulla. Los otros dos paran justo detrás del perseguido y se bajan los agentes que van dentro. El conductor del Citroën —después se supo que era Roberto García Castillo— logra dar marcha atrás de tal manera que se escabulle del cierre que le habían hecho. Los policías intentan detenerlo. Para ello salen corriendo calle abajo, mientras sacan sus pistolas reglamentarias y comienzan a efectuar disparos a discreción. En el lugar de los hechos se recogieron 13 casquillos percutidos.
Los fotogramas siguientes recogen cómo llegan más coches policiales, en este caso camuflados, mientras los agentes uniformados salen corriendo calle abajo hacia el Citroën C-3.
La juez María Almudena Álvarez ha firmado un auto en el que dispone que lo actuado hasta la fecha se convierta en sumario: “Desprendiéndose de lo actuado que pudieran ser constitutivos de un delito de homicidio y otro de lesiones imputados a los policías municipales de Getafe con carnés profesionales 698, 717 y 684”. A ello se uniría la posible comisión de un delito de atentado a agente de la autoridad imputable al conductor del vehículo, Roberto García Castillo. Otra novedad de esta decisión es que el caso será juzgado por un tribunal formado por tres magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid.
El abogado de los tres policías municipales recurrió esta decisión judicial ante la propia juez. En su escrito alegó que de la instrucción del caso no se puede deducir que los agentes hayan incurrido en “ilícito penal alguno”, por lo que pedía el archivo definitivo de las actuaciones. Mantuvo que no había ni dolo ni imprudencia. También hacía referencia a que existían circunstancias eximentes “inequívocas”, como la legítima defensa y el medio insuperable. Llega a decir en su escrito que la intención del conductor era arrollarle con el vehículo.
La circunstancia de que la mayoría de los disparos se realizaran por la parte posterior del vehículo hace difícil de mantener esta versión. A ello también se une que ninguna de las víctimas fuera armada, ni siquiera con un cuchillo o un puñal. Se descarta la proporcionalidad, sobre todo, por el alto número de disparos que efectuaron.
Como mal menor, el letrado de los agentes habla de la posibilidad de la comisión de un delito de homicidio y otro de lesiones pero imprudentes, ya que no había intención de matar a nadie: “Jamás fue intencionado y solo sería imputable, si no se decreta el sobreseimiento [el archivo], a título de imprudencia”. Esta reducción supondría la rebaja a una pena de uno a cuatro de prisión en el caso del homicidio imprudente y de seis meses a dos años para las lesiones.
El abogado, en el penúltimo párrafo del escrito, mantiene que tampoco resulta lógico imputar el homicidio a los tres agentes cuando la muerte se produjo por una única bala que alcanzó a David Prieto Fandiño en la cabeza. Los agentes de la Comisaría General de Policía Científica determinaron hace un año qué funcionario efectuó el mortal disparo. Consideran “altamente probable” que el proyectil saliera de la pistola que llevaba A. M. G. M., de 33 años. Era el que portaba el arma Heckler and Kock (H&K) con número de serie 24-097641. El policía efectuó cinco disparos, según el número de casquillos recogidos en la escena del crimen.
A eso se une que el caso lo llevaría un magistrado de los Juzgados de lo Penal. María Almudena Álvarez desestimó la petición del abogado defensor y mantuvo la transformación en sumario. Ahora se está pendiente de que las diferentes partes hagan sus respectivas calificaciones y soliciten la apertura de juicio oral.
Estos trámites pueden llevar varias semanas ya que cada parte tiene que motivar la petición tras ver las efectuadas por el fiscal, la acusación particular y, por último, las defensas.
“Solo espero que esto termine cuanto antes y se demuestre que mi hijo ha sido una víctima. Cada día me acuerdo más de él y lo estoy pasando peor”, ha explicado a este periódico María José Fandiño, la madre de David Prieto. “Sé que el momento del juicio va a ser muy duro, pero tengo ya muchas ganas de que se haga justicia y que los culpables de lo que ocurrió paguen por todo el daño que hicieron a mi hijo, que lo pagó con la vida. No hay ningún derecho a hacer lo que hicieron”, añadió.
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