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sábado, 30 de abril de 2011

GAGOMILITARIA NOTICIAS.-SE ACABARON LOS ARRESTOS EN EL CUARTEL




Los arrestos desaparecen de los cuarteles y solo se aplicarán en las faltas graves

La ministra Chacón presenta el nuevo régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas

La nueva Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas suprime los arrestos de la vida cotidiana de los cuarteles y solo se mantendrán para casos de faltas graves o muy graves. Esta es la principal novedad del anteproyecto que ha sido hoy presentado por la ministra de Defensa, Carme Chacón, al Consejo de Ministros y que en las próximas semanas será remitido al Parlamento para su debate. Esta nueva normativa sustituye a la anterior Ley Orgánica 8/1998 y completa la Ley de Derechos y Deberes que será aprobada la semana que viene en el Congreso de los Diputados, ya que el PSOE se ha garantizado el apoyo del PP. Precisamente, los populares habían condicionado su apoyo al envío de este régimen disciplinario, que establece las sanciones al nuevo "código de conducta" de los miembros de las Fuerzas Armadas.

El anteproyecto de Ley realiza una revisión completa de los elementos esenciales del régimen disciplinario, como la tipología de las infracciones, el catálogo de sanciones, autoridades y mandos con potestad disciplinaria y procedimientos. Las sanciones disciplinarias son objeto de una fuerte revisión, desapareciendo los arrestos por faltas leves (más del noventa por ciento de las infracciones que se cometen habitualmenter en los cuarteles no podrán ser sancionadas con privación de libertad). Así, los arrestos quedarán restringidos a las faltas graves o muy graves como instrumento específico de mantenimiento de la disciplina. Igualmente, se implantan sanciones económicas, en función del grado de la falta, a través de la suspensión temporal de actividad.
Nueva clasificación de faltas

Las sanciones que podrán imponerse por faltas leves son la reprensión, que si es agravada se anota en la hoja de servicios y la suspensión de actividad de uno o diez días. Para las faltas graves, las sanciones son la suspensión de actividad, el arresto y la pérdida de destino. Por último, las faltas muy graves pueden ser sancionadas con arresto de mayor duración, suspensión de empleo de dos meses a un año, pérdida definitiva de aptitud aeronáutica, separación del servicio y resolución de compromiso.

En relación a la tipología de las infracciones, se efectúa una nueva clasificación de las faltas (leves, graves y muy graves, eliminando el expediente gubernativo) y se revisan las infracciones disciplinarias para adaptarse a las reformas legales efectuadas, a los cambios en las Fuerzas Armadas y a los ámbitos en los que cumplen sus misiones.

Se introducen nuevos tipos de faltas, acordes con la Ley de Derechos y Deberes, relacionados con el derecho de los conflictos armados, las reglas de enfrentamiento, el principio de igualdad y no discriminación en el seno de las Fuerzas Armadas.

Fuente Diario "ABC"

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