España realizará inspecciones voluntarias del uso final de las armas que exporta
Si un país se niega a admitir estas inspecciones, el Ejecutivo deberá decidir si le vende armas.
La instauración de un sistema de control a posteriori de las armas exportadas por España, que incluya inspecciones in situ, está pendiente desde que entró en vigor la Ley de Control del Comercio Exterior del Material de Defensa y Doble Uso en diciembre de 2007. El 11 de enero, el Consejo de Ministros acordó tramitar con carácter urgente una reforma del reglamento que desarrolla dicha ley y fuentes del departamento de Comercio aseguran que, pese a la disolución de las Cortes, está prevista aprobarla en marzo o abril.
En octubre de 2017, la Secretaría de Estado de Comercio creó un grupo de trabajo para estudiar los modelos en vigor de control expost: principalmente, Estados Unidos, Alemania y Suiza. Excluido el primero, por su incomparable potencia económica y política, el Gobierno se ha inspirado en el modelo suizo, aunque con algunas variaciones.
La principal es que este tipo de control “no se limitará a ningún país ni a ningún tipo de armamento concreto, sino que tendrá carácter transversal y se decidirá caso por caso”, explica la secretaria de Estado de Comercio, Xiana Méndez. Fuentes de su departamento aclaran que estos controles se aplicarán preferentemente en zonas “de especial sensibilidad” donde exista riesgo de uso inadecuado (en conflictos o para la violación de derechos humanos) y se centrará, sobre todo, en el armamento letal (armas cortas y largas y munición), susceptibles de desvío hacia grupos irregulares o contrabando, y en los equipos de doble uso que pueden emplearse en programas nucleares militares y para la producción de misiles.
La inspección correrá a cargo de equipos multidisciplinares integrados por militares y expertos que se apoyarán en la representación diplomática española en el país afectado. Comercio ha contado con la experiencia de la Unidad de Verificación Española (UVE) del Estado Mayor de la Defensa, que controla el cumplimiento de los tratados internacionales de desarme.
División en la UE
La aceptación de estas inspecciones se incluirá en el contrato de venta del material militar y será regulada por un protocolo suscrito con el importador que otorgue las “máximas garantías” al equipo verificador. Se trata, por tanto, de un sistema que debe contar con el visto bueno y la cooperación del cliente. Si este rechazara aceptarlo, el Gobierno podría denegar el preceptivo permiso a la exportación, aunque esa será una decisión política a tomar en cada caso.
La inspección, sostiene la secretaria de Estado, “no puede ser desproporcionada ni ineficaz ni dañar las relaciones diplomáticas con terceros países o la seguridad nacional. No queremos poner trabas adicionales a las exportaciones de material de defensa, sino aportar garantías”.
La reforma del reglamento de venta de armas incluirá la instauración de un “certificado reforzado de último destino” que, además de prever estas inspecciones, incluirá la prohibición de utilizarlas fuera del territorio del país comprador. Esta cláusula, que se generaliza ahora, figura desde 2016 en las ventas de armas a los países del golfo Pérsico implicados en la guerra de Yemen, aunque nadie ha verificado su cumplimiento.
Méndez reconoce que este sistema, para ser totalmente eficaz, deberían adoptarlo todos los socios de la UE y asegura que España intentará que se extienda. Por ahora, solo Alemania hace inspecciones a posteriori (ha hecho cuatro desde 2016) y Suecia estudia instaurarlo para las armas ligeras. Otros grandes exportadores de armamento, como Francia, son muy reticentes.
El 25 de enero, a puerta cerrada, Méndez adelantó las líneas maestras del nuevo sistema a los portavoces de la Comisión de Defensa del Congreso.
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